En Berenguel Lopez Inmobiliaria gestionamos el Certificado de Eficiencia Energética en Almería redactado por un técnico competente que incluye información objetiva sobre las características energéticas de un inmueble y es necesario para su comercialización.
El Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios (BOE 13 de abril de 2.013)
"Cuando se construyan, vendan o alquilen edificios o unidades de éstos, el certificado de eficiencia energética o una copia de éste se deberá mostrar al comprador o nuevo arrendatario potencial y se entregará al comprador o nuevo arrendatario, en lostérminos que se establecen en el Procedimiento básico".
"La etiqueta se incluirá en toda oferta, promoción y publicidad dirigida a la venta o arrendamiento del edificio o unidad del edificio".
Régimen sancionador (Ley 8/2013, de 26 de junio, de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas) .
Infracciones Graves
Vender o alquilar un inmueble sin que el vendedor o arrendador entregue el certificado de eficiencia energética, válido, registrado y en vigor, al comprador o arrendatario. Sanción de 601 € a 1.000 €.
Infracciones Leves
Publicitar la venta o alquiler de edificios o unidades de edificios que deban disponer de certificado de eficiencia energética sin hacer mención a su calificación de eficiencia energética. Sanción: 300 € a 600 €
Serán sujetos responsables de las infracciones tipificadas, las personas físicas o jurídicas que las cometan, aún a título de simple inobservancia.